C138 Convención sobre la edad mínima, 1973

C138 Convención sobre la edad mínima, 1973

Sobre la Convención

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es la primera organización encargada de regular el trabajo infantil. El 26 de junio de 1973, la Conferencia General de la OIT aceptó un documento legalmente vinculante que estableció la edad mínima legal para trabajar a los quince años.

Contenido de la Convención

La edad mínima establecida por la Convención

El principal objetivo de la Convención 138 fue regular el trabajo infantil estableciendo la edad mínima requerida para acceder al mundo laboral, debiendo ser respetada por los signatarios. La Convención entró en vigor el 19 de junio de 1976. La edad mínima para trabajar se fijó a los quince años (trece años para trabajos ligeros). Para tareas peligrosas, la Convención estableció el mínimo de edad para optar a un empleo a los 18 años (16 años bajo ciertas circunstancias).

La Convención 138 permite temporalmente a los países en vías de desarrollo, cuya economía y sistema educativo no están lo suficientemente avanzados, establecer el mínimo de edad necesaria para acceder al empleo a los 14 años. Esta decisión debe ser justificada minuciosamente.

La OIT, igualmente, ha aceptado la Recomendación R146 para así guiar a los miembros en el establecimiento de la Convención.

El papel de la Convención sobre los Derechos de los Niños

El objetivo de la Convención 138 es conseguir que se respete el derecho de los niños a vivir su infancia. Un niño que no trabaja tiene más oportunidades de desarrollarse adecuadamente, tanto físicamente como mentalmente, y así poder convertirse en un adulto sano.

Para garantizar el bienestar del niño, la edad mínima se estableció a los 15 años. Este límite se decidió basándose en la edad en la que el niño termina de desarrollarse (crecimiento, etc.), así como en la edad en la que finaliza la educación básica.

Alcance de la Convención

La Convención 138 vincula legalmente a todos los miembros que la aprueban. Por tanto, de los 183 miembros estados de la OIT (1), 156 han ratificado la Convención y están dispuestos a respetarla (2).

Sin embargo, algunos estados miembro con verdaderos problemas relacionados con la explotación infantil, todavía no la han confirmado. Por ejemplo, India, el país con mayor número de niños trabajando, aún no ha aceptado la Convención, por lo que así contribuye a la continuación del trabajo infantil.

La OIT ha establecido una serie de mecanismos para comprobar que la Convención se respete. Varios comités de expertos controlan la implantación de la Convención y examinan los informes sobre su progreso que los miembros están obligados a presentar.
Además, en 1992 la OIT creó el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) con el objetivo principal de eliminar el trabajo infantil progresivamente.

Traducido por: Mª Rosalía Alonso-Pérez
Corregido por: Cristian Pérez Lecaros