Derecho a la Protección

Derecho a la Protección

La infancia es el momento en el cual el ser humano es más vulnerable, dado que aún no ha acabado de desarrollarse ni física ni mentalmente. En otras palabras, los niños necesitan una atención y una protección especiales.

Interés superior del niño

Seres más vulnerables que necesitan una atención especial

Los niños son seres jóvenes, en pleno desarrollo, que se convertirán en los adultos del mañana. Para poder desarrollarse de manera adecuada, los niños necesitan una protección especial. El principio del interés superior del niño principio implica dos reglas importantes:
• Todas las decisiones que atañen al niño han de tomarse según el interés exclusivo del niño para asegurar su bienestar inmediato y futuro.
• Todas las decisiones y todos los actos deben garantizar imperativamente los derechos del niño. El interés superior del niño subordina la necesidad de una protección de los niños.

El interés superior del niño busca el bienestar de cada niño

El principio de interés superior del niño tiene por objetivo la promoción y garantía del bienestar de todos los niños. Y ello, según varios aspectos:

El bienestar físico: asegurar la buena salud y el buen desarrollo del niño (salud, alimentación, higiene, protección contra el maltrato y actividades perjudiciales para la salud física del niño, etc.).

El bienestar mental: ofrecer al niño la posibilidad de desarrollarse intelectualmente (salud mental, alimentación, educación, protección contra el maltrato y actividades perjudiciales para la salud mental del niño, tiempo libre, etc.).

El bienestar social: asegurar al niño la posibilidad de realizarse social y espiritualmente, entre otros aspectos (libertad de expresión, opinión, participación, pensamiento, consciencia, religión, tiempo libre, etc.).

Marco de protección para los niños

La protección al niño debe ser provista ante todo por los padres y la comunidad que lo acoge, y luego por el Estado.

Como es evidente, el bienestar de cada niño no se puede obtener de la misma manera. Cada niño es un individuo único con necesidades específicas. Además, sus características individuales (edad, sexo, estado de salud, existencia o no de algún tipo de impedimento, la presencia o ausencia de los padres, el entorno, etc.) van a permitir identificar sus necesidades para asegurar su bienestar.

Sistema nacional de protección para el niño

Para asegurar el bienestar y el interés superior del niño, es asunto de los Estados el establecer un sistema eficaz de protección al niño:

  • Los Estados deben ratificar las principales normas internacionales de protección a los derechos del niño y traspasarlas en su legislación con el fin de crear un sistema de protección eficaz.
  • Un sistema de protección para el niño comprende leyes, políticas, procedimientos, procesos de prácticas destinados a la prevención y la lucha eficaz contra los diversos problemas de maltrato, violencia y discriminación que puedan perjudicar el bienestar de los niños.
  • Los Estado deben tener medidas que permitan identificar los diferentes tipos de perfil de los niños (discapacitados, refugiados, etc.), con el fin de establecer los mecanismos adaptados a tener en cuenta y de ofrecer soluciones satisfactorias y duraderas.
  • Los Estados deben realizar controles y seguimientos cuando exista un posible caso de discriminación, malos tratos o explotación.
  • Los Estados deben perseguir y castigar severamente a los autores de discriminación, malos tratos o explotación ilícita.
  • Los Estados deben identificar y cuestionar todas las actitudes y prejuicios tradicionales, así como las costumbres que supongan y alimenten la discriminación y los malos tratos a los niños.
  • Los Estados deben tener en cuenta la opinión del niño y hacer que este participe en las decisiones que le atañen.

Sistema parental y comunitario de protección al niño

La protección de los niños no es únicamente responsabilidad de los Estados: las familias y las comunidades también tienen sus deberes. Así, todas las personas que se ocupan de los niños (padres, tutores legales, familias, docentes, niñeras, etc.) tienen el deber de asegurar el bienestar del niño adoptando gestos condescendientes y empleando prácticas pedagógicas que permitan responder al bienestar del niño.

Estas personas deben tener las competencias, conocimientos y motivación necesarios para permitir una protección efectiva de los niños e identificar y reaccionar a los posibles casos de discriminación, negligencia o maltrato.

Traducido por: Ana María Bennasar López
Corregido por: Vanesa Knoop