La Convención de los Derechos del Niño, definición

La Convención de los Derechos del Niño

Definición de la Convención

La Convención de los Derechos del Niño forma parte de los instrumentos internacionales jurídicamente vinculantes que garantizan y protegen los Derechos Humanos. El objetivo de la Convención, adoptada en 1989, es proteger los derechos de todos los niños del mundo.

El primer texto legalmente vinculante que protege los derechos de los niños

La Convención es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante de la protección de los Derechos del Niño, lo que significa que establece una fuerza obligatoria para el conjunto de derechos que estipula.
Esto implica que los Estados que han ratificado la Convención están obligados a respetar y a asegurar que se respeten todos los derechos que ésta establece en nombre de los niños.

El texto más completo sobre la protección de los derechos de los niños

Esta Convención representa el texto internacional más completo que existe en cuanto a la protección de los derechos del niño. A pesar de que existen otros instrumentos internacionales que garantizan los derechos de los niños, como los Pactos Internacionales, las Convenciones de la OIT y la Convención relativa a la adopción internacional, la Convención es el único texto que abarca todos los aspectos de los derechos de los niños.

La Convención consta de 54 artículos que constituyen el conjunto de todos los derechos civiles y políticos de los niños, así como sus derechos económicos, sociales y culturales.

También aboga por la protección y promoción de los derechos de los niños con necesidades especiales, los pertenecientes a minorías y de los niños refugiados.

Esta Convención establece 4 principios que deben regir la implementación de todos los derechos que defiende:

  • La no discriminación
  • El mejor interés del niño
  • El derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
  • El respeto de la opinión del niño

La Convención se completó en el año 2000 con dos protocolos, y en 2011 se añadió un tercero:

  • El protocolo facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados.
  • El protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
  • El protocolo facultativo sobre el procedimiento de denuncias ante el Comité de los Derechos del Niño.

Un instrumento jurídicamente vinculante dotado de un mecanismo de control

En su segunda parte, la Convención dispone que su implementación sea controlada por un comité de expertos. El Comité de los Derechos del Niño es quien supervisa que todos los Estados participantes respetan la Convención, así como los dos protocolos adicionales.

Traducido por: Laura Ibarrola
Corregido por: Miriam Gutiérrez