Temas de la Convención

La Convención sobre de los Derechos de los Niños

Temas de la Convención

La garantía y protección de los derechos de los niños son los principales asuntos de interés considerados en la Convención.

Un texto legal que implica obligaciones para los Estados

La Convención Internacional los Derechos de los Niños, incluyendo sus dos protocolos, representa un avance enorme hacia la protección de los derechos de los niños.

Como primer texto internacional legalmente persuasivo en el campo, la Convención y sus protocolos imponen obligaciones a los Estados que la ratificaron. En consecuencia, los estados partes están obligados a respetar y hacer cumplir todos los procedimientos desarrollados por estos instrumentos judiciales. Esto implica respetar los derechos de los niños, particularmente en sus instituciones de protección y cuidado de la niñez.

También deben establecer una frontera de protección para todos los niños dentro de su territorio, sean o no parte de esta jurisdicción. Esto asegurará el respeto de todos sus derechos fundamentales.

Adicionalmente, la Convención cuenta con un aparato de control, el Comité de los Derechos de los Niños, que tiene la misión de comprobar la implementación de estos textos por parte de los estados miembros.
Es así como los estados miembros tienen que presentar reportes periódicos al Comité con respecto a los esfuerzos realizados para estipular e implementar los textos, así como a la situación actual y los derechos de los niños en su país.

Con la preocupación de respetar los derechos de los niños y al mismo tiempo ser transparentes con la situación de los Estados, el comité examinó en paralelo los reportes nacionales y los reportes transmitidos por las ONG nacionales.

El reconocimiento de los niños como sujetos de derechos

La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer reconocimiento internacional de que los niños son sujetos de derecho y personas con libertades.

Hasta entonces, los principales documentos que protegían los derechos de los niños, como las declaraciones de 1924 y 1959, establecían normas para los niños pero no los reconocían como individuos que pudieran tener derechos.

La Convención también les da un rol activo en la determinación de su bienestar y el respeto de sus derechos. Es innegable que como sujetos de derecho, los niños tienen la facultad de expresar sus opiniones con respecto a las decisiones que los afectan y a participar en las elecciones que conciernen a su bienestar.

El interés del niño ya no es solamente valorado desde la perspectiva del adulto, sino que proviene directamente desde el punto de vista del niño. La Convención resalta el hecho de que el bienestar del niño no puede ser alcanzado sin la participación del niño en cuestión.

Traducido por: María Paba
Corregido por: Cristian Pérez Lecaros