Hoy, 30 de julio, es el Día Mundial contra la Trata de Personas. Para los traficantes, esta es quizá la vulneración de los derechos humanos más lucrativa que existe: según los cálculos, este «negocio» alcanza unos 150.000 millones de dólares anuales en beneficios (OIT, 2014, p. 13). Para obtener estos ingresos, los traficantes negocian cada día con miles de personas de todo el mundo como si fueran bienes, ya sea para explotarlas con fines sexuales, como mano de obra o como esclavos. Casi un tercio de las víctimas son niños.
¿Qué es la trata de personas?
Hasta la segunda mitad del siglo XIX, el concepto de la trata de personas se empleaba exclusivamente para el comercio de esclavos. Desde la abolición de la esclavitud (legal), la trata se asocia con la «esclavitud moderna». Este término engloba diversas formas de explotación de los seres humanos, como la trata de personas, la servidumbre por deudas, el trabajo forzoso (dentro del cual se incluye la explotación sexual), la esclavitud y las prácticas similares a la esclavitud, y el matrimonio forzoso (ver Alianza 8.7, 2017, p.9). En contraste con las demás formas de esclavitud modernas, sin embargo, la trata de personas no describe la situación de explotación en sí misma, sino la provocación de una situación de explotación (ver Alianza 8.7, 2017, p.18).
La definición de la trata de personas válida a nivel internacional está establecida en el Artículo 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo contra la trata de personas). De acuerdo con este protocolo, la trata de personas consta de tres elementos: el tráfico, el medio y la finalidad.
- El tráfico se refiere a la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas.
- El medio es uno de los siguientes:
- Amenaza o uso de la fuerza u otras formas de coacción
- Rapto,
- Fraude,
- Engaño,
- Abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad
- Concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra.
- La finalidad de la trata de personas es la explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Si se trata de menores de 18 años, con que se cumplan los elementos de tráfico y finalidad ya se puede hablar de trata de personas. De modo que la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará «trata de personas».
Contexto legal
Con la ratificación del Protocolo contra la trata de personas del año 2000, hasta el momento 174 países (ver Colección de Tratados de las Naciones Unidas) se han comprometido a criminalizar la trata de personas en su sistema jurídico nacional (ver Artículo 5 del Protocolo contra la trata de personas). Para agosto de 2018, 168 Estados habían cumplido con esta obligación (ver UNODC, 2018, p.45). Además, estos Estados se han comprometido a ofrecer ayuda y protección a las víctimas de la trata de personas, a desarrollar estrategias para prevenir la trata y a tomar las medidas correspondientes (ver Apartados II y III del Protocolo contra la trata de personas).
En el año 2015, las Naciones Unidas establecieron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El objetivo 8.7 de la agenda exige que se tomen medidas inmediatas y efectivas para acabar con el trabajo forzado, la esclavitud moderna, la trata de personas y el trabajo infantil en todas sus formas para el 2025. Esto está estrechamente relacionado con los objetivos 5.2 y 16.2, que buscan eliminar la violencia contra las mujeres, niñas y niños, incluyendo la explotación y el tráfico de personas (ver ONU, Agenda 2030).
El Artículo 35 de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas de 1989 exige que se tomen “todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma”.
¿Cuántas víctimas hay?
La Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) registra desde 2003 las cifras oficiales de víctimas de la trata de personas que reciben los países informantes. En 2016, la UNODC identificó a más de 25 000 víctimas de la trata en 97 países (ver UNODC, 2018, p.21). Este es un incremento considerable respecto a los años anteriores (ver UNODC, 2018, p.13).
De ahí se puede deducir que el número real de víctimas es incluso muy superior a 25 000. Según estimaciones de Alianza 8.7, creada por la OIT y la fundación Walk Free, en 2016 unos 40,3 millones de personas fueron víctimas de la esclavitud moderna. De ellas, 24,9 millones se vieron sometidas a trabajos forzados y 4,8 millones fueron explotadas sexualmente (ver Alianza 8.7, 2017, p.9−10).
Aunque la trata de personas no se menciona explícitamente en estas estimaciones, existe una estrecha relación entre la trata con fines de explotación y la explotación en sí. (ver Alianza 8.7, 2017, p.17). Si las cifras de esclavitud moderna son particularmente altas, se puede deducir que también hay muchas víctimas de la trata (ver Alianza 8.7, 2017, p.17).
Perfil de las víctimas: más del 70% son mujeres y niñas
“La trata de personas adopta muchas formas y no conoce fronteras” (Guterres, 2018).
En todas las regiones del mundo se trafica con personas (ver UNODC, 2018, p.10). Los traficantes de personas se aprovechan de la vulnerabilidad y desesperación personal de sus víctimas. Por eso, los refugiados, inmigrantes, minorías y personas de otros colectivos desfavorecidos a menudo caen víctimas de la trata. Las personas que se encuentran en la pobreza o en situaciones de conflicto son especialmente vulnerables (ver UNODC, 2018, p.12).
Casi la mitad de las víctimas de la trata de personas son mujeres (49%). Un 30% de las víctimas son menores, el 23% de ellos niñas. En algunas regiones, como por ejemplo África subsahariana, Centroamérica y el Caribe, incluso hay más víctimas menores que adultas (ver UNODC, 2018, p.10−11).
Mientras que con los hombres se trafica sobre todo para trabajos forzados, el 83% de las mujeres son explotadas sexualmente. En el caso de las niñas, la explotación sexual también es el principal negocio de los traficantes. Esta situación se da en el 72% de los casos, pero también hay muchas niñas que se ven sometidas a trabajos forzosos. La mayoría de los niños afectados deben realizar trabajos forzados, aunque muchos también son explotados sexualmente, se les obliga a mendigar o se les convierte en niños soldado para crímenes armados (ver UNODC, 2018, p.28).
Posibles soluciones
A pesar de que el número de sentencias relacionadas con la trata de personas ha aumentado claramente en los últimos años, cada vez hay más territorios en los que, aunque se descubren numerosas víctimas, apenas se realizan denuncias por trata de personas. Esto ocurre, por ejemplo, en África subsahariana y en partes de Asia. Por eso, es imprescindible establecer un procesamiento penal más efectivo, especialmente en estas regiones (ver UNODC, 2018, p.13).
Un enfoque para proteger mejor a los niños en particular de la trata de personas es llevar a cabo cursos formativos para educadores, de manera que en el futuro sean capaces reconocer a los niños que han sido víctimas de la trata (ver UNODC, 2018, p.13).
“La lucha contra la trata de personas es una de los mayores causas por los derechos humanos de nuestra época” (Obama, 2012). Con el día de hoy se busca recordar la necesidad de abordar esta lucha y acabar de una vez por todas con el negocio de traficar con las personas como si fueran mercancía. En Humanium nos posicionamos decididamente contra la trata de personas. Nuestro objetivo es fortalecer los derechos de los niños y hacerlos realidad, con la esperanza de que cada día haya más niños en todo el mundo que puedan aspirar a un futuro prometedor.
Autora: Giulia Welge
Traductora: Laura Ibarrola
Fuentes:
Alianza 8.7. Estimaciones mundiales sobre la esclavitud moderna: trabajo forzoso y matrimonio forzoso, recuperado de: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—dcomm/documents/publication/wcms_651915.pdf
[citado como: Alianza 8.7, 2017]
Guterres, António. Mensaje del Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, en ocasión del Día Mundial contra la Trata de Personas, 30 de julio de 2018, recuperado de: https://www.unodc.org/bolivia/es/Mensaje-del-Secretario-General-de-las-Naciones-Unidas–Antonio-Guterres–en-ocasion-del-Dia-Mundial-contra-la-Trata-de-Personas.html
[citado como: Guterres, 2018]
Naciones Unidas. Convención sobre los Derechos del Niño (1989), recuperado de: https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
Naciones Unidas. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, recuperado de:https://www.ohchr.org/Documents/ProfessionalInterest/ProtocolTraffickingInPersons_sp.pdf.
[citado como: Protocolo contra la trata de personas]
Naciones Unidas.Resolución 70/1 aprobada por la Asamblea General el 25 de septiembre de 2015. Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, recuperado de: https://unctad.org/meetings/es/SessionalDocuments/ares70d1_es.pdf
[citado como: ONU, Agenda 2030]
Naciones Unidas. Treaty Collection: Status of Treaties, CHAPTER XVIII No 12.a Protocol to Prevent, Suppress and Punish Trafficking in Persons, Especially Women and Children, supplementing the United Nations Convention against Transnational Organized Crime, (en inglés), recuperado de: https://treaties.un.org/pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=XVIII-12-a&chapter=18&clang=_en
[citado como: Colección de Tratados de las Naciones Unidas]
Obama, Barack. Remarks by the President to the Clinton Global Initiative (Nueva York, 25 de septiembre de 2012) (en inglés), recuperado de: https://obamawhitehouse.archives.gov/the-press-office/2012/09/25/remarks-president-clinton-global-initiative
[citado como: Obama, 2012]
Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Global Report on Trafficking in Persons 2018 (Diciembre de 2018) (en inglés), recuperado de: https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/glotip/2018/GLOTiP_2018_BOOK_web_small.pdf
[citado como: UNODC, 2018]
Oficina Internacional del Trabajo. Ganancias y Pobreza: Aspectos económicos del Trabajo Forzoso, recuperado de: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_norm/@declaration/documents/publication/wcms_243422.pdf
[citado como: OIT, 2014]