Proteger los derechos de los niños en las cadenas mundiales de suministro

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«Desde el envenenamiento por pesticidas en Brasil hasta la explotación infantil en las minas de oro de Tanzania, se violan los derechos de los niños en la base de cadenas mundiales de suministro.»

– Maike Röttger, gerenta de Plan International Alemania

Si bien la globalización ha traído nuevas oportunidades y beneficios a las economías de los países y a las personas en todo el mundo, también tiende a dejar atrás a los individuos más vulnerables de la sociedad. Los niños se encuentran especialmente en riesgo de sufrir violaciones a sus derechos dentro o como resultado de operaciones comerciales internacionales en países en vías de desarrollo. La relación entre las empresas y los derechos humanos ya no es un tema marginal, pero, ¿pueden las leyes de cadenas de suministro contribuir eficazmente a la protección de los derechos del niño y los derechos humanos?

La pandemia de COVID-19: aumento del trabajo infantil

Niños de todo el mundo participan sistemáticamente de formas de trabajo remunerado y no remunerado. Sin embargo, el trabajo infantil se vuelve problemático cuando los niños son demasiado jóvenes para trabajar o se ven involucrados en actividades peligrosas y de explotación. A su vez, esto perjudica su desarrollo físico, mental, social o educacional, lo que limita sus oportunidades en el futuro.

A medida que la pandemia de COVID-19 asola el mundo —lo que ha provocado el cierre de escuelas y un aumento significativo de la pobreza— cada vez más niños se ven obligados a formar parte de la fuerza de trabajo. Las últimas estimaciones mundiales indican que uno de cada diez niños, de entre 5 y 17 años, está implicado en un trabajo considerado perjudicial para su salud y desarrollo. Desde el comienzo de la pandemia, otros 9 millones de niños corren riesgo de caer en el trabajo infantil (Unicef, 2021).

Se ha considerado a los gobiernos como los responsables directos de respetar, proteger y cumplir con los derechos del niño y, por tanto, de erradicar el trabajo infantil en todo el mundo. Sin embargo, hoy en día se focaliza cada vez más en la responsabilidad de las empresas y su obligación de respetar los derechos humanos y los del niño en sus cadenas mundiales de suministro.

Desde comienzos de los 2000, la cuestión de los derechos humanos y los negocios empezó a llamar la atención entre la comunidad internacional, lo que provocó que se adoptaran una serie de lineamientos voluntarios, recomendaciones y leyes que incentiven a las empresas a alinear sus operaciones con respecto a los derechos humanos universales.

Cadenas de suministro mundiales: abordar el impacto del comercio en los derechos de los niños

La globalización económica ha brindado numerosas oportunidades, sin embargo, también ha creado nuevos desafíos incluso en cuanto a la protección de los derechos del niño. Antes de que un producto se distribuya a su consumidor final, este suele atravesar varios procesos, países y continentes con el objetivo de obtener y proveer bienes y servicios: ropa desde Asia, cacao y frutas desde África, café desde Sudamérica. Este circuito se conoce como cadena de suministro global (CIPS).

Sin embargo, la historia reciente de las cadenas de suministro mundiales cuenta con numerosos ejemplos de violaciones a los derechos del niño cometidas directamente por empresas transnacionales u ocurridas como resultado de sus operaciones comerciales. En las cadenas mundiales de suministro, gran parte del trabajo infantil se produce frecuentemente durante las primeras etapas, en actividades como la extracción de materias primas y la agricultura.

A menudo, las empresas se aprovechan de los marcos jurídicos más imprecisos y el acceso insuficiente a la justicia de los países en vías de desarrollo. En este contexto, los niños y las niñas se ven expuestos continuamente a condiciones de trabajo peligrosas, entre las que se incluyen la contaminación ambiental (como la deforestación ilegal, la emisión de pesticidas y la contaminación del agua y el aire), la falta de medidas de salud y seguridad y la violación a los derechos laborales más elementales (Much L., 2021).

¿Pueden las leyes internacionales sobre cadenas de suministro conducir a un modelo de negocio responsable?

En 2011, la ONU adoptó los llamados Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (PRNU), una serie de lineamientos dirigidos a los Estados y las empresas para prevenir, abordar y remediar las violaciones a los derechos humanos que se cometen en las operaciones comerciales. Estos lineamientos buscan brindar pautas claras a las empresas sobre cómo incorporar estándares de derechos humanos en sus prácticas comerciales y cadenas de suministro (ACNUDH, 2011).

Con la adopción de los PRNU, la responsabilidad de respetar los derechos humanos, incluidos los derechos del niño, se considera como un estándar internacional de conducta esperada para las empresas donde sea que operen. Lo que es más importante, estos existen independientemente de la capacidad o voluntad de los Estados para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos. Cada gobierno promueve la implementación de los PRNU a través de planes de acción nacionales (ACNUDH, 2011).

Aunque la adopción de los PRNU marcó un avance decisivo al introducir principios que en la actualidad gozan de reconocimiento casi universal, las violaciones a los derechos humanos relacionadas con el ámbito empresarial continúan siendo un grave problema. El carácter no vinculante de los PRNU y la ausencia de un mecanismo central que asegure su implementación son criticados frecuentemente por parte de actores de la sociedad civil, organizaciones internacionales y gobiernos (Parlamento Europeo, Hacia un tratado internacional vinculante sobre las empresas y los derechos humanos, 2018).

Cadenas de suministro europeas: quienes actúan a nivel internacional deben asumir una responsabilidad global sobre sus acciones

La insatisfacción producto de las limitaciones de los PRNU y su implementación lenta e ineficaz ha impulsado en los debates a la redacción de un tratado internacional vinculante. A su vez, se están desarrollando instrumentos legales nacionales y regionales con el objetivo de brindar bases legales más firmes a la hora de proteger los derechos humanos y los derechos del niño en las operaciones comerciales.

A nivel europeo, los 27 estados miembro de la UE adoptaron de forma unánime las Conclusiones del Consejo relativas al trabajo decente en las cadenas de suministro mundiales en diciembre de 2020. En marzo de 2021, el Parlamento Europeo adoptó una iniciativa legislativa sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa. Actualmente, la Comisión Europea busca presentar una propuesta de directiva concreta acerca de la gobernanza empresarial sostenible hacia fines de 2021, que también incluirá a las obligaciones relacionadas con la diligencia debida corporativa en las cadenas de suministro mundiales (BMAS, Bundesministerium für Arbeit und Soziales, 2021).

Sin embrago, ya existen instrumentos legales individuales. Entre estos se incluyen, por ejemplo, la directiva sobre divulgación de información no financiera (Directiva 2014/95/EU), que entró en vigor en 2014 y establece la obligación para las empresas que operen en el exterior de divulgar su cumplimiento de las normas sobre derechos humanos, entre otras. Otra iniciativa legislativa que impone obligaciones de diligencia debida a las empresas europeas es el  Reglamento sobre los minerales de zonas de conflicto, que fue adoptado recientemente.

Desde el primero de enero de 2021, los importadores de cuatro minerales (estaño, tantalio, wolframio y oro) deben verificar la probabilidad de que estas materias primas puedan estar utilizándose para la financiación de conflictos armados o hayan sido extraídas recurriendo al trabajo forzoso (Parlamento Europeo, Hacia un sistema obligatorio de diligencia  debida en la cadena de suministro, 2021). 

Además del progreso realizado a nivel de la Unión Europea, muchos estados miembro ya han implementado leyes de diligencia debida. En Holanda, por ejemplo, la Ley de Diligencia Debida (en holandés: Wet Zorgplicht Kinderarbeid), que trata, en particular, el trabajo infantil en las cadenas de suministro mundiales, está vigente desde el 2019. Esta ley obliga a las empresas que comercien en el mercado holandés a revisar la ocurrencia de trabajo infantil en sus cadenas de suministro. Las empresas que incumplan la ley podrían recibir multas (BMAS, Bundesministerium für Arbeit und Soziales, 2021).

De modo similar, en 2017, Francia introdujo una ley de diligencia debida (en francés: Loi de la vigilance) que exige a las empresas francesas con más de 5000 empleados en todo el mundo implementar y publicar un plan de vigilancia. Este plan busca identificar el riesgo de que existan violaciones graves a los derechos humanos y a la salud y seguridad de las personas, además de deterioro ambiental dentro de una cadena de suministro. Las empresas que se nieguen a cumplir con sus obligaciones son responsables y deben llevar a cabo medidas correctivas (BMAS, Bundesministerium für Arbeit und Soziales, 2021).

En Alemania, recientemente, el parlamento ha aprobado una ley sobre diligencia debida de las empresas en las cadenas de suministro (en alemán: Lieferkettengesetz). Aprobada el 11 de junio de 2021, es la primera vez que se establece el carácter vinculante de la responsabilidad de las empresas alemanas a respetar los derechos humanos en las cadenas de suministro mundiales. A partir del 2023, las empresas con más de 1000 empleados tendrán que analizar los riesgos a la vulneración de los derechos humanos, tomar medidas preventivas y correctivas, establecer mecanismos de compensación e informar sobre sus actividades (Deutsche Bundesregierung, 2021). 

¿Cómo podemos proteger los derechos del niño en el mundo empresarial? 

Las violaciones a los derechos humanos cometidas dentro o como resultado de operaciones comerciales ponen en peligro especialmente a los niños, ya que apenas están comenzando su desarrollo físico y mental. En efecto, el trabajo infantil, la exposición a la contaminación ambiental o sustancias nocivas, las malas condiciones laborales y la falta de educación escolar tienen un impacto en los niños extremadamente destructivo a largo plazo (Much L., 2021).

En el marco de la elaboración de la ley alemana sobre diligencia debida en las cadenas de suministro mencionada anteriormente, se ha abogado por una ley que proteja de forma adecuada los derechos del niño en el comercio mundial. En un documento de posición común, organizaciones internacionales sobre derechos del niño enfatizaron en particular la importancia de una ley que trate a los niños como un grupo especialmente vulnerable con derechos propios como estableció la Convención sobre los Derechos del niño de la ONU, pero también que introduzca mecanismos de reclamo accesibles y adaptados a los trabajadores jóvenes (Much L., 2021).

Si bien las leyes de cadenas de suministro mundiales y los lineamientos acerca de las obligaciones de diligencia debida corporativa pueden considerarse como una buena señal y un paso en la dirección correcta, solo el tiempo dirá si sentarán las bases para una lucha más eficaz para los niños y los derechos humanos en el mundo.

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Escrito por Anja Finke

Traducido por Clara Roncoroni

Bibliografía:

BMAS, Bundesministerium für Arbeit und Soziales. (2021). Lieferkettengesetze in der EU und weltweit. Abgerufen am 21. July 2021

CIPS. Global Supply Chains. Abgerufen am 24. July 2021

Deutsche Bundesregierung. (2021). Lieferkettengesetz, Mehr Schutz von Menschen und Umwelt in der globalen Wirtschaft. Abgerufen am 21. July 2021

EU-Parliament. (April 2018). Towards a binding international treaty on business and human rights. Abgerufen am 21. July 2021

EU-Parliament. (2021). Towards a mandatory EU system of due diligence for supply chains. Abgerufen am 21. July 2021

Much, L. (. (29. January 2021). Globale Lieferketten: Ein Sorgfaltspflichtengesetz kann Kinderrechte schützen. Abgerufen am 21. July 2021

Much, L. (19. February 2021). Warum Kinder ein wirksames Lieferkettengesetz brauchen. Abgerufen am 21. July 2021

OHCHR. (2011). Guiding Principles on Business and Human Rights. Abgerufen am 21. July 2021

Unicef. (1. June 2021). Child Labour: Global estimates 2020, trends and the road forward. Abgerufen am 20. July 2021