Prostitución infantil

Cada día, niños de todo el mundo sufren diversas formas de explotación mediante la prostitución. No se limita a una región particular del mundo y afecta de forma equitativa tanto a niños como a niñas. La explotación infantil a través de la prostitución representa una violación de los derechos del niño y su dignidad. Se manifiesta de formas diferentes como la trata de niños, el turismo sexual infantil, la explotación online y el matrimonio infantil. 

Definir la explotación infantil a través de la prostitución 

La explotación infantil a través de la prostitución se ha llamado durante muchos años, de forma incorrecta, «prostitución infantil». Desde 2019, no se recomienda el uso de este término, después de que el Comité de los Derechos del Niño decidiera eliminar su uso en el derecho internacional y en la normativa de las Directrices relativas a la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía  (por sus siglas en inglés: Normativa OPSC) (ECPAT, 2020). 

Este término anticuado implica de forma errónea que los niños pueden acceder a prostituirse y participar en ello. Tiene dos significados diferentes. En primer lugar, las normativas y leyes fallan al no identificar a los niños como víctimas de la explotación, a causa de su implicación de facto en cualquier forma de prostitución. En segundo lugar, al identificar de forma errónea a los niños como adultos que dan su consentimiento, permiten que éstos sean denunciados por participar en una actividad criminal, a pesar de que su propia participación sea ilegal (ECPAT, 2020). 

La explotación sexual comercial se define como «toda aquella explotación perpetrada por un adulto a un niño menor de dieciocho años, sea cual sea su género, acompañado de un pago en metálico o en especies a dicho menor, o a una o más terceras personas implicadas» (International Labour Organization, n.d). 

La explotación sexual comercial de niños incluye (International Labour Organization, n.d): 

  • Turismo sexual infantil; 
  • Tráfico infantil para trata sexual; 
  • Utilización de niños en espectáculos sexuales, públicos o privados; 
  • Producción, promoción y distribución de pornografía infantil; 
  • La utilización de niños en actividades sexuales que son remuneradas en metálico o en especies, las cuales tienen lugar en burdeles, bares, hoteles, salones de masaje, restaurantes, clubs, en la calle o en interiores. 

Tipos de explotación sexual infantil  

Venta y tráfico de niños con finalidades sexuales 

Según los artículos 2 y 3 del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía  se define como «cualquier acto o transacción en virtud del cual un niño es transferido por una persona o grupo de personas a otra a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución». «El artículo 3 pide criminalizar, «(i) La oferta, posesión, adquisición o entrega de un niño, por cualquier medio,, con el propósito de: (a) la explotación sexual del niño; b) la transferencia de órganos del niño con fines lucrativos; c) la participación del niño en trabajos forzados». (Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children, 2016).  

En virtud del artículo 3(a) del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la trata de niños se define como «la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza u otras formas de coacción, de rapto, de fraude, de engaño, de abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, de la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación» (UN General Assembly, 2000). 

La «venta y el tráfico de niños con finalidades sexuales» es un término amplio que recoge diferentes formas de explotación infantil a través de la prostitución, como la explotación sexual infantil en la industria turística, el matrimonio infantil forzado y prematuro y la producción de material de abuso sexual infantil.  Dentro de esta definición más amplia, y a diferencia de la explotación sexual infantil, la venta y la trata de niños se centra en los procesos y mecanismos por los que los niños entran en situaciones de explotación, incluidos los capacitadores y los beneficiarios (ECPAT, 2020). 

La venta y el tráfico de niños puede producirse por muchas razones: niños que son objeto de trata para obligarlos a contraer matrimonio, para obligarlos a trabajar, para obligarlos a mendigar o para que se dediquen a la delincuencia organizada.. Los niños que son más vulnerables a la venta y al tráfico son: los niños que viven en la pobreza, los niños que viven en zonas de conflicto armado, los menores no acompañados, los niños desplazados, los niños de minorías y los niños en centros de acogida (ECPAT, 2020).  

En un mundo donde cada vez estamos más conectados a través de la tecnología, los grupos criminales tienen cada vez más acceso a plataformas que utilizan con el fin de explotar a niños. Por ejemplo, las redes sociales han ganado popularidad entre los grupos criminales como herramienta de captación, así como para acceder a información pública sobre menores, perpetrar la llamada «ciber seducción de menores o grooming» y facilitar transacciones económicas imposibles de rastrear. Los grupos criminales y los individuos perpetúan estos actos ilegales haciendo uso de perfiles falsos (ECPAT, 2020).  

La explotación sexual infantil online y el material de abuso sexual infantil 

Al igual que la definición general de explotación sexual infantil, el término «pornografía infantil» ha sido sustituido por material de abuso sexual infantil. Este cambio se ha producido porque el término «pornografía infantil» implica e insinúa que los niños realizan estos actos sexuales de forma consentida.  Por lo general, el enfoque de las fuerzas del orden ha sido que «la pornografía infantil implica a niños que no pueden (legalmente) dar su consentimiento a los actos sexuales a los que están siendo sometidos, y que, por lo tanto, pueden ser víctimas de un delito» (Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children, 2016).  

Según la Directiva 2011/93/UE el material de abuso sexual infantil incluye: «cualquier material que represente visualmente a un niño o que represente visualmente a cualquier persona que parezca ser un niño participando en una actividad sexual explícita, real o simulada, o de sus órganos sexuales, cuando dichas imágenes se produzcan o utilicen con fines primordialmente sexuales y se utilicen con o sin el conocimiento del niño» (Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children, 2016).

Sexo por supervivencia o transaccional 

El «sexo transaccional» define los casos en que los actos sexuales se realizan a cambio de dinero, regalos o beneficios durante una relación comercial. Entre los factores que impulsan esta actividad se encuentran: la desesperación y la supervivencia para cubrir necesidades como la comida, el agua y la ropa; un estatus social elevado, también conocido como el fenómeno del «sugar daddy» o la «sugar mommy»; el acceso a la educación o «sexo a cambio de buenas notas»; y expresiones materialistas de amor (Interagency Working Group on Sexual Exploitation for Children, 2016).

Aunque existen estos últimos motivos, el sexo transaccional se refiere más comúnmente a casos de desesperación en los que los servicios sexuales se utilizan como pago por necesidades básicas como alojamiento, ropa o alimentos (ECPAT, 2020). 

Explotación sexual en el sector de los viajes y el turismo  

En el artículo 10(3) del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, se destaca que «los Estados Partes promoverán el fortalecimiento de la cooperación internacional con miras a combatir los factores fundamentales, como la pobreza y el subdesarrollo, que contribuyen a la vulnerabilidad de los niños a las prácticas de la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía o el turismo sexual infantil.» (Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children, 2016). 

La explotación sexual infantil dentro de la industria de los viajes y el turismo, también conocida comúnmente como «turismo sexual infantil», suele ser cometida por turistas locales o extranjeros, en su mayoría hombres blancos de mediana edad, que viajan para participar en actos sexuales comerciales con niños, predominantemente en países del sur global. Estos turistas a menudo se aprovechan de la ausencia de restricciones legales, la falta de aplicación de la ley, de los mecanismos de seguimiento, las comunidades empobrecidas y la vulnerabilidad de los niños y sus familias (Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children, 2016). 

Los responsables del turismo sexual infantil pueden ser desde militares a profesores, personas que viajan por negocios, voluntarios y expatriados, entre otros. No es infrecuente que los delincuentes formen parte de redes que facilitan activamente el turismo sexual infantil. Estos facilitadores pueden ser, entre otros, taxistas, personal de hoteles, traficantes, bandas de delincuentes, traficantes, agentes de modelos, vendedores ambulantes o guías turísticos (ECPAT, 2020). 

Matrimonio infantil precoz y forzado 

En consonancia con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, el Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y el Objetivo 5.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la venta y la explotación sexual de los niños destacó que el matrimonio antes de los dieciocho años es una violación de los derechos del niño y se considera como la venta de niños con fines de explotación sexual (UN General Assembly, 2022).  

El matrimonio infantil se refiere a cualquier unión, formal o informal, en la que al menos una de las partes del matrimonio es un menor de dieciocho años. El matrimonio precoz se refiere a cualquier unión, tradicional o legal, en la que al menos una de las partes del matrimonio es un menor de dieciocho años. Por matrimonio forzado se entiende aquella unión legal o tradicional que tiene lugar sin el pleno consentimiento de una o ambas partes del matrimonio.

Según el derecho internacional, todos los matrimonios infantiles y precoces de un menor de dieciocho años se consideran matrimonios forzados. Esto se debe a que, según el derecho internacional, los menores de dieciocho años no pueden dar su consentimiento libre, pleno e informado (ECPAT, 2020).  

El matrimonio infantil, precoz y forzado implica vínculos inherentes con la explotación sexual. El Comité de los Derechos del Niño, en su Observación General N.º 13, definió la venta de niños para matrimonios forzados como una «forma de abuso y explotación sexual infantil». El matrimonio infantil suele ir acompañado de un intercambio de dinero, regalos o propiedades para satisfacer las costumbres de la «dote» o el precio de la novia (ECPAT, 2020).

La naturaleza de estas transacciones y sus estrechos vínculos con prácticas culturales arraigadas ocultan el principio de explotación. En este contexto de incertidumbre, las niñas esposas suelen ser tratadas como subordinadas de los maridos, los cuales asumen el dominio total de su pareja gracias a la transacción marital (ECPAT, 2020).

Los niños que se ven envueltos en matrimonios forzados prematuros suelen verse obligados a dejar aquello que conocen, como sus casas y comunidades, lo que les hace ser vulnerables a nuevos entornos y dinámicas de poder (ECPAT, 2020). Estos niños están en peligro de sufrir abusos en aquellos sitios donde su forma de vida es diferente a la de la nueva comunidad, lo cual provoca desigualdades que llevan a diferentes formas de abuso, como la explotación sexual (ECPAT, 2020).  

No todos los matrimonios infantiles se dan sin la actuación o intervención de los propios niños. Muchas de las causas de la explotación sexual son las condiciones extremas de los niños, como la pobreza, la situación familiar y la crisis de sus países. Esto provoca que los niños salgan a buscar oportunidades como el matrimonio, lo cual les convierte en víctimas de explotación sexual (ECPAT, 2020). En relación con los conflictos, se ha identificado el matrimonio infantil como una «estrategia de afrontamiento» en las víctimas de guerras y conflictos, desastres medioambientales y crisis alimentarias (UN General Assembly, 2022). 

Orígenes de la explotación sexual infantil  

A pesar de las leyes y regulaciones que protegen a los niños del abuso, sus causas y perpetradores aseguran que el crimen se lleve a cabo. En general, hay muchas razones por las cuales un niño sufre explotación sexual infantil, lo cual provoca que existan ciertos grupos de niños que son más vulnerables a este tipo de explotación. Las principales causas de la explotación sexual infantil se relacionan con las siguientes situaciones durante la infancia. 

Pobreza y factores socioeconómicos 

En particular, los niños de comunidades empobrecidas que se afrontan a presiones económicas son susceptibles a varias formas de abuso, como el trabajo infantil, el abuso físico y emocional, la violencia doméstica y el abandono (Asamblea General de la ONU, 2022). En situaciones extremas, las familias venden niños o los fuerzan a aportar dinero para ayudar y mejorar la situación económica familiar.  

Cuando los niños abusados no se ven forzados a trabajar o ser explotados, el maltrato persistente puede disminuir su resiliencia ante futuros abusos, al dejarlos sin estrategias de afrontamiento seguras y al estar más expuestos a relaciones peligrosas (UN General Assembly, 2022). Durante las relaciones de explotación, los niños en riesgo de pobreza pueden llegar a depender de sus abusadores para cubrir sus necesidades básicas. Los niños también pueden decidir trabajar en el sector del comercio sexual, al intentar obtener una vida mejor y caer en manos de los abusadores (UN General Assembly, 2022). 

Entorno familiar  

Según el artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU CDN), todos los niños tienen derecho a un entorno familiar seguro y no deben ser separados de sus padres y familias en contra de su voluntad, de no ser que esto vele por los intereses del niño. La privación de  un entorno familiar o una situación familiar estable aumenta el riesgo de caer en la explotación sexual infantil (UN General Assembly, 2022). 

Niños desplazados 

Se entiende como niño desplazado aquel niño que se ve forzado a desplazarse o se ve afectado por un conflicto, por el cambio climático o desastres medioambientales, los niños migrantes, los demandantes de asilo y los niños indocumentados. Estos niños corren un mayor riesgo de ser explotados sexualmente debido a la inseguridad de las rutas migratorias, los peligros medioambientales y las barreras lingüísticas, así como otros factores que los hacen vulnerables frente a los traficantes y las redes criminales (UN General Assembly, 2022). 

Niños de la calle

Al igual que los niños que no tienen un entorno familiar, los niños que viven en la calle o los niños sin hogar sufren un mayor riesgo de ser explotados por los traficantes y las bandas criminales para poder sobrevivir. A menudo, estos niños no tienen un tutor adulto que los proteja. Además, los niños sin hogar y los niños de la calle se enfrentan a importantes obstáculos para recibir atención sanitaria  o el apoyo de la justicia penal (UN General Assembly, 2022). 

Niños discapacitados 

Los niños con discapacidades y dificultades de aprendizaje están más expuestos a la explotación si no se les protege o educa en un entorno que responda a sus necesidades específicas (UN General Assembly, 2022). Estos niños se enfrentan a mayores niveles de abuso dentro de sus «círculos de confianza» y estadísticamente se ha demostrado que tienen más probabilidades de sufrir abusos que los niños no discapacitados (UN General Assembly, 2022). 

Las niñas con discapacidad son explotadas con más frecuencia que los niños. En general, datos recientes demuestran que los niños con discapacidad mental o intelectual tienen cinco veces más probabilidades de ser víctimas de abusos sexuales que los niños no discapacitados (UN General Assembly, 2022).

Niños en centros de acogida y entornos institucionales 

Si no existen mecanismos de protección adecuados, los niños que viven en centros de acogida, internados, reformatorios, orfanatos y con familias de acogida corren el riesgo de ser víctimas de explotación sexual infantil. La institucionalización de los niños es perjudicial para su desarrollo y bienestar a largo plazo, y repercute en su transición a la edad adulta. Esto provoca que sean aún más vulnerables a la explotación (UN General Assembly, 2022, 2022).

Niños de minorías étnicas e indígenas 

Entre los problemas a los que se enfrentan los niños de minorías étnicas e indígenas y que los hacen vulnerables a la explotación sexual infantil se incluyen la falta de hogar, la barrera lingüística y el acceso limitado a la educación (UN General Assembly, 2022). Los niños de minorías a menudo son marginados de los sistemas de bienestar social y discriminados por su origen étnico. 

Presencia digital 

La rápida irrupción y evolución del entorno digital han creado nuevas oportunidades criminales que exponen a los niños a un mayor riesgo de explotación. Los datos de 2020 indicaban la existencia de más de 65 millones de contenidos multimedia que contenían posibles abusos y explotación de menores (UN General Assembly, 2022). 

Estos documentos excluyen los casos de ciberacoso, suplantación de identidad, abuso y captación de menores, los cuales son formas cada vez más frecuentes de actividad delictiva organizada y desorganizada. Las niñas, en particular las que tienen baja autoestima o problemas de salud mental, son especialmente vulnerables a los abusos de los hombres en línea (UN General Assembly, 2022). 

Efectos de la explotación sexual infantil 

La explotación sexual infantil puede producir una serie de efectos mentales y físicos en el niño que a menudo se prolongan hasta la edad adulta. Estos efectos varían e incluyen, entre otros, los siguientes: 

  1. Enfermedades de trasmisión sexual 
  2. Embarazados no deseados 
  3. Abortos ilegales 
  4. Matrimonio prematuro 
  5. Acceso limitado a la educación 
  6. Trastornos psicológicos 
  7. Consumo de sustancias 
  8. Sistema de justicia juvenil 
  9. Exposición a violencia física 

Eliminar y prevenir la explotación infantil a través de la prostitución

Aunque las leyes y acciones específicas utilizadas para abordar el abuso infantil varían de un país a otro debido a los diferentes factores que lo impulsan y facilitan, UNICEF ha defendido un enfoque multidimensional para combatir la explotación sexual infantil, que incluye (UNICEF, n.d): 

  1. Establecer mecanismos de denuncia fiables, seguros y centrados en el niño. Éstos deben incluir varios métodos para denunciar los abusos, como líneas telefónicas directas, buzones de quejas y personas de contacto que los ayuden. 
  2. Esforzarse en concienciar sobre la explotación sexual infantil, especialmente en las zonas y comunidades de alto riesgo. 
  3. Ofrecer servicios esenciales, integrales y adecuados para ayudar a los supervivientes de la explotación sexual infantil. Estos servicios de apoyo deben incluir mecanismos físicos, psicológicos y prácticos (como jurídicos) para garantizar una asistencia integral y ofrecer oportunidades de rehabilitación. 
  4. Mejorar los mecanismos encargados de responsabilizar a los culpables y reforzar las acciones de la justicia penal y de las fuerzas del orden.

Las Naciones Unidas también establecieron el 18 de noviembre como el Día Mundial para la Prevención y la Sanación de la Explotación Sexual Infantil, los Abusos y la Violencia. 

Instrumentos de derechos humanos internacionales clave 

Hay varios instrumentos legales que reconocen la prostitución infantil y se usan para confrontarla.  En particular: 

  1. Convención sobre los Derechos del Niño 
  2. Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de las Naciones Unidas (por sus siglas en inglés: OPSC) 
  3. Observación general N.º 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1) 
  4. Observación general N.º 13 (2011) sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia (artículo 19) 
  5. Observación general N.º 12 (2009) sobre el derecho del niño a ser escuchado  
  6. Observación general N.º 15 (2013) sobre el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 24). 
  7. Directrices relativas a la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2019) 
  8. Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote) 
  9. Carta africana sobre los derechos y el bienestar del niño 
  10. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de
    las Naciones contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo) 
  11. Convenio N.º 182 de la OIT (sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación) (1999) 
  12. Convenio N.º 138 de la OIT (sobre la edad mínima de admisión al empleo) (1973) Recomendación N.º 146 
  13. Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena 
  14. Convenio de la Asociación de Cooperación Regional de Asia Meridional sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños con fines de prostitución

Escrito por Vanessa Cezarita Cordeiro 

Original corregido por Aditi Partha 

Traducido por Desirée Riñé Prados

Última actualización el 30 de abril de 2023

Referencias: 

ECPAT. (2020, November). “Summary paper on child, early and forced marriages as a form of, or pathway to sexual exploitation of children.” Retrieved from ECPAT, accessed on 20 March 2023. 

ECPAT. (2020, November). “Summary paper on sale and trafficking of children for sexual purposes.” Retrieved from ECPAT, accessed on 23 April 2023. 

ECPAT. (2020, November). “Summary paper on sexual exploitation of children in prostitution.” Retrieved from ECPAT, accessed on 13 March 2023. 

ECPAT. (2020, October). “Summary paper on sexual exploitation of children in travel and tourism.” Retrieved from ECPAT, accessed on 23 April 2023. 

International Labour Organization. (n.d). “Commercial sexual exploitation of children.” Retrieved from International Labour Organization, accessed on 20 April 2023.

Interagency Working Group on Sexual Exploitation of Children. (2016, January 28). “Terminology guidelines for the protection of children from sexual exploitation and abuse.” Retrieved from International Labour Organization, accessed on 22 April 2023. 

United Nations Convention on the Rights of the Child. (2019, September 10). “Guidelines regarding the implementation of the optional protocol to the convention on the rights of the child on the sale of children, child prostitution and child pornography.” CRC/C/156. Retrieved from United Nations Convention on the Rights of the Child, accessed on 13 March 2023. 

United Nations General Assembly. (2000, November 15). “Protocol to prevent, suppress and punish trafficking in persons especially women and children, supplementing the United Nations Convention against transnational organized crime.” General Assembly resolution 55/25. Retrieved from United Nations Human Rights Office of the High Commissioner, accessed on 23 April 2023. 

United Nations General Assembly. (2022, July 12). “Sale and sexual exploitation of children, including child prostitution, child pornography and other child sexual abuse material.” A/77/140. Seventy-seventh session note by the Secretary-General. Retrieved from United Nations General Assembly, accessed on 14 March 2023. 

UNICEF. (2022, June 23). Sexual violence against children.” Retrieved from UNICEF, accessed on 20 April 2023. 

UNICEF. (n.d). Protecting children from sexual exploitation and abuse.” Retrieved from UNICEF, accessed on 20 April 2023.